jueves, 4 de abril de 2013
ELS CAMINS DE LA VILLA
A mediados del siglo XIX y en cumplimiento de una orden superior se realizó un inventario de los caminos de nuestra Villa, que consta en un acta del libro de acuerdos capitulares y con el siguiente tenor literal:
“ En la Sala Capitular de la Villa de Benidorm, a los cuatro días del mes de julio de mil ochocientos sesenta y cuatro, reunidos en sesión extraordinaria previa convocación ante diem, bajo la Presidencia de D. José María Orts, Alcalde Constitucional, los SS del Ayuntamiento anotados al margen, en suficiente mayoría, asociados un número igual de mayores contribuyentes al de Concejales, por el Sr. Presidente se expuso: que en cumplimiento a las circulares del Gobierno de la Provincia de 25 de diciembre de 1863 y 30 de junio del año actual y con sujeción a las prescripciones que contiene el capitulo primero del Reglamento de 8 de abril de 1848, presenta el itinerario de todos los caminos de cualquier especie que cruzan el termino de este pueblo, exceptuando la carretera general de Alicante a Silla, que atraviesa todo su término, los cuales son. 1º, El camino de Benidorm a Finestrat al poniente de la Villa por la Cala, atravesando desde ésta al confín de su término y entrada en el de Finestrat. 2º Camino desde la Villa hasta Finestrat y Sierra Puig Campana por la Tapiada dirección al noroeste hasta entrar en el mismo término de Finestrat. 3º Camino desde la Villa hasta Callosa de Ensarria con dirección suroeste al noreste. 4º Camino desde la Villa a Polop por el barranco de Lliriet dirección al norte hasta la entrada en el término de La Nucia y luego de Polop. 5º Camino desde la Villa a La Nucia por el Tosalet de la Guarda, dirección al norte hasta entrar en el término de La Nucia. 6º Camino de la Villa al pueblo del Alfaz, camino del mismo nombre, dirección al noreste hasta entrar en el término de Alfaz.
En su vista los SS del Ayuntamiento y mayores contribuyentes examinaron con atención el antecedente itinerario y ciertos y sabedores de que son las únicas vías de comunicación que cruzan el termino jurisdiccional de esta Villa y conducen a los pueblos limítrofes, acordaron por unanimidad su aprobación; disponiendo se saque copia certificada del mismo y se exponga al público desde el día de mañana hasta el 15 del actual, ambos inclusive, a fin de que pueda examinarle los vecinos y propietarios del término y puedan deducir por escrito las observaciones y reclamaciones que tengan por conveniente.
Así lo acordaron y firmaron los que supieron de que certifico”
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